La ley impone algunos impedimentos en caso de que los contrayentes sean menores de edad, viudos, divorciados, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional ó que tengan hijos bajo su Patria Potestad.
- Si eres menor de edad y deseas casarte, además de presentar todos los requisitos de ley (ver artículo de requisitos) deberás presentar una copia íntegra de tu partida de nacimiento y una autorización de tu representante legal.
- Los divorciados además presentarán copia certificada de la sentencia de divorcio y copia íntegra marginada de la partida de matrimonio próximo anterior. - Si tienes hijos bajo Patria Potestad y administras sus bienes debes presentar el nombramiento de Curador Especial debidamente protocolizado y un Inventario Solemne de Bienes.
- Los viudos que no tuvieren hijos bajo Patria Potestad ni estuvieren administrando bienes de menores deben presentar una Información Sumaria aclarando estos hechos.
- Hay más impedimentos que se encuentran la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación. Si deseas saber más sobre ellos contáctanos que con gusto te ayudaremos.